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Ha
llegado la hora de un nuevo feminismo, más radical La
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en favor del matrimonio La
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ortografía 3º y 4º P (8 y 9 años)
Ejercicios de BV, GJ, H, CZ, YLL, MN, RR, SX, mayúsculas y signos de
puntuación.
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DON QUIJOTE EN HISPANIA
-Amigo Sancho, si en este país se tiene por normal que los hombres se enamoren
de otros hombres y tengan ánimo para acostarse en la cama entre ellos, para
disfrutar no sé sabe bien cómo -prefiero no saberlo-, considero que ni tú ni
yo tenemos ningún futuro halagüeño en él, o que acaso éste sea más
tenebroso que, el que algunos dicen fue el reinado de Witiza, porque a los dos
nos gustan mucho las mujeres.
-Consideráis bien, Señor, porque a Vos le gustan mucho las mujeres y a mí me
fascinan, hasta el punto de soñar no pocas veces con ser rico y poderoso para
poder seducirlas, porque, con mi físico, lo tengo experimentado y lo compruebo
cada día, me es muy difícil conseguirlo. Habrá que hacer algo, Señor. ¿Qué
pensáis que debemos hacer? ¿Seguir la corriente y buscar amores de efebos que
nos complazcan?
-Eso jamás, Sancho, ¡vive el Cielo! antes prefiero morir enamorado y frustrado
de mi Dulcinea, que sorprenderme interesado por los atractivos de otro hombre,
por muy bellos que sean. Lo cierto es que no sé muy bien cómo luchar contra
esa fuerte corriente que nos circunda, hasta tratar de ahogar nuestros más
puros sentimientos por las compañeras que Dios nos puso en el mundo, para que
no nos aburriéramos. Lo único que por ahora se me ocurre decir, es que, o están
locos ellos, o lo estamos nosotros.
-Pues yo, Señor, de ningún modo me siento loco por albergar en mi corazón
esos puros sentimientos hacia las mujeres que Vos decís, sino, muy al
contrario, me siento muy cuerdo y en mi sano juicio.
-Lo mismo pienso y siento yo, querido Sancho, así que, aplícate el
razonamiento y sigue tu camino como hasta hoy, que vas bien derecho.
Roberto Grao Gracia
Objeción de conciencia y
matrimonios homosexuales
Las declaraciones del cardenal López Trujillo, invitando a
los funcionarios católicos a oponerse a la celebración de matrimonios homosexuales, por
razones de conciencia, han provocado una inmediata reacción de la vicepresidenta primera
del gobierno rechazando esa posibilidad. Es natural que el Estado defienda sus leyes y que
la Iglesia Católica defienda su doctrina, y cada cual tendrá sus opiniones sobre quién
se equivoca en este tema. Pero esta polémica va más allá del acierto o error de la
política legislativa del gobierno en materia de matrimonio y familia.
La objeción de conciencia constituye uno de los fenómenos más interesantes en el
derecho contemporáneo, y a veces también uno de los peor comprendidos. Se ha dicho
expresivamente que es un «oscuro drama» en el que una persona se ve obligada entre
obedecer a una norma moral o a una norma legal, cuando existe entre ellas un conflicto en
apariencia irresoluble. Ese conflicto es importante y difícil de abordar. Y no puede,
desde luego, despacharse con una simple alusión a que los funcionarios -como todos los
ciudadanos- están obligados a cumplir la ley. Entre otras razones porque la ley, y su
aplicación, están sujetas al respeto de los derechos fundamentales.
Uno de esos derechos es la libertad de conciencia, reconocida por nuestra Constitución
(art. 16), por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (art. 9), y por la propia
Constitución Europea que los españoles aprobaron en referéndum el pasado 20 de febrero
(el art. II-70 contempla explícitamente el derecho a la objeción de conciencia). De esa
libertad depende «el pluralismo, que es inseparable de una sociedad democrática y que ha
sido conquistado a un alto precio a lo largo de los siglos», según ha afirmado el
Tribunal Europeo de Estrasburgo. Naturalmente, la libertad de conciencia no es ilimitada;
ninguna libertad lo es. De ahí que, cuando se produce un choque entre ley y conciencia
individual, sea imprescindible un análisis cuidadoso del caso, que huya de las
simplificaciones y que busque un equilibrio entre los diversos intereses jurídicos en
juego.
No hay, por otro lado, una clara doctrina moral de la Iglesia Católica sobre cuál deba
ser la actitud del funcionario llamado a celebrar, por imperativo legal, una boda entre
personas del mismo sexo. Las declaraciones de López Trujillo provienen de una alta
autoridad eclesiástica, pero no representan una posición oficial de la jerarquía
católica. En todo caso, cuál haya de ser la actitud correcta de los funcionarios
católicos es cuestión que corresponde aclarar a la Iglesia Católica y, sobre todo, a
los propios funcionarios. Desde la perspectiva de los derechos fundamentales que el Estado
debe garantizar, lo relevante es la conciencia de cada funcionario singular, católico o
no. La objeción de conciencia es un derecho individual, no colectivo, aunque la doctrina
moral de una iglesia puede ser tenida en cuenta para probar la sinceridad del objetor, o
para prever, en la propia ley, excepciones por motivos de conciencia. Esto último queda a
la sensibilidad del legislador, pero no condiciona el ejercicio de un derecho fundamental.
La concreta solución jurídica que deba darse a los supuestos de objeción de conciencia
a la celebración del matrimonio homosexual depende de diversos factores, que no hay
tiempo de examinar aquí. Uno de ellos es la posibilidad de sustituir al objetor en el
cumplimiento de sus funciones, que apuntaría a favor de reconocer la objeción, porque se
dejaría a salvo la libertad de conciencia del funcionario y la finalidad de la ley no se
vería seriamente aceptada.
Por otra parte, conviene no olvidar que el derecho comparado ofrece interesantes ejemplos
de cómo el legislador intenta evitar al ciudadano problemas de conciencia. Así, en
Dinamarca, donde los pastores de la iglesia luterana oficial tienen una condición
equiparable a la de los funcionarios, la legislación sobre parejas de hecho prevé, desde
1989, que el registro de una pareja homosexual debe hacerse en una ceremonia civil, y
exime expresamente a los clérigos de la ceremonia religiosa. En general, ahorrar al
ciudadano el conflicto de normas -y de lealtades- es positivo para todos. Y, al contrario,
no tiene mucho sentido castigar a ciudadanos que poseen un alto nivel de exigencia ética.
JAVIER MARTÍNEZ-TORRÓN es Catedrático de la Universidad Complutense
ABC, 27.IV.05
Con la autorización de: www.interrogantes.net
Fumar
Un hombre tiene dos hijas. La pequeña ha estado detenida varias veces por
delitos contra la propiedad y por causar lesiones, pero lo que dice ella: “no
os preocupéis, porque soy menor” y en eso lleva razón. Es una chica normal,
sale con su pandilla, se toma sus cubatas de whisky o ginebra, y se divierte.
Los fines de semana llega tarde a dormir, (o pronto según se mire) a las seis o
las ocho de la madrugada. Fuma porretes y esnifa cocaína, pero pocas veces y no
pasa nada. Usa preservativos y píldora poscoital abortiva que regalan en
centros oficiales. Hasta aquí he hablado de la hija pequeña. Pero quien le
preocupa es la mayor, que tiene ya catorce años y fuma tabaco, a pesar de que
las Autoridades Sanitarias advierten que puede perjudicar su salud y le pueden
poner una multa. ¡Qué disgusto
José Murillo
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